¿Y si mañana recibes un email con el asunto “Uso no justificado de imagen” y una compensación de 340 €? A nosotros ya nos pasó: una reclamación formal por derechos de imagen (con portal de evidencias y aviso de que borrar la foto no cierra el caso). Tomamos ese caso real como punto de partida para contarte, paso a paso, cómo verificar si el aviso es legítimo, qué revisar en tus licencias, cuándo conviene negociar (y en qué términos), los límites legales de 5 años para daños y dónde podrían demandarte en la UE. En menos de 5 minutos tendrás un método claro para protegerte, regularizar y cerrar la reclamación sin pagar de más.

1) Qué suele traer una reclamación por derechos de imagen

Aunque el remitente puede variar (gestoras de derechos, despachos, bancos de imágenes), el formato típico incluye:

  • Asunto con referencia del expediente.

  • Aviso clave: retirar la imagen no cierra el caso.

  • Acceso a un portal o enlace con evidencias (capturas, URLs, fechas de detección).

  • Importe solicitado (suele parecerse a una licencia retroactiva + posible recargo por uso pasado).

  • Advertencia de escalada si no se contesta en plazo.

  • Datos de contacto y notas legales (p. ej., GDPR).


2) Verificaciones en 30 minutos (antes de responder o pagar)

  1. Autenticidad: comprueba el dominio del remitente y que los enlaces apunten a un portal seguro (HTTPS).

  2. Evidencias: entra con la referencia y descarga capturas, URLs y fechas para tu archivo interno.

  3. Identificación de la obra: valida que la imagen señalada es la tuya, dónde aparece y desde cuándo.

  4. Licencia propia: busca factura/ID de pedido en tus cuentas (Shutterstock, iStock, Freepik, etc.) y confirma uso comercial y territorio.

  5. Chequeo rápido de riesgo: si dudas, usa una herramienta de comprobación (p. ej., Image Copyright Checker) para ver si la imagen aparece en bancos de pago u otras fuentes y obtener un nivel de riesgo (Alto/Medio/Bajo).


3) Qué hacer si tienes licencia

  • Reúne la prueba: proveedor, ID/fecha de compra o descarga, tipo de licencia y ámbito (comercial/territorial).

  • Responde adjuntándola y solicita cierre del expediente respecto de las URLs afectadas.

  • En muchos casos, con eso se archiva sin más.

Contexto útil: responsabilidad y defensa básica, aquí 👉 ¿Pueden demandarme por derechos de autor de imágenes en mi sitio web?


4) Qué hacer si no tienes licencia (o no la encuentras)

  • Retira o sustituye la imagen cuanto antes (limita el periodo reclamable).

  • Pide desglose de la cantidad (licencia, gestión, periodo y territorios).

  • Propón licencia retroactiva que incluya renuncia expresa a nuevas acciones por los mismos usos/URLs.

  • Negocia el importe en función de:

    • Antigüedad del uso y cese inmediato.

    • No exclusividad/bajo valor diferencial de la imagen.

    • Baja visibilidad/tráfico real de la página.

    • Colaboración y buena fe.

Cifras y ejemplos de la vida real 👉 Multas por usar imágenes con derechos: lo que pagarás


5) Marco legal básico (España/UE) explicado sin jerga

  • Daños y perjuicios (España): el titular puede pedir cese y daños. El cálculo suele basarse en la remuneración hipotética (lo que habría costado licenciar) o en consecuencias económicas (pérdida + beneficio del infractor). Puede incluir gastos de investigación y daño moral.

  • Prescripción: la acción para reclamar daños suele prescribir a 5 años desde que el titular pudo demandar. Si la obra sigue online, pueden pedir los últimos 5 años y requerir cese.

  • Dónde podrían demandar (UE):

    • Domicilio del demandado (p. ej., España) → permite reclamar el daño global.

    • Lugar del daño (accesibilidad en un Estado miembro) → el tribunal solo conocerá de daños causados en ese territorio.


6) Cómo aterrizan las cifras (y por qué se parecen a una licencia)

Lo habitual es que el importe propuesto se asemeje a la tarifa de una licencia razonable para esa imagen/uso/periodo, con o sin recargo por uso pasado. Factores que mueven la cifra:

  • Tarifa de mercado (Getty/Shutterstock/Agencia).

  • Duración del uso no licenciado.

  • Ámbito territorial y finalidad comercial.

  • Visibilidad (tráfico real de la página) y exclusividad de la imagen.

  • Conducta del reclamado (cese rápido, colaboración).


7) Plantillas ultra breves (para adaptar)

A) Con licencia

Asunto: Ref. [nº expediente] – Verificación de licencia / solicitud de cierre
Adjuntamos prueba de licencia (proveedor, ID/fecha, tipo y ámbito). Solicitamos el cierre del expediente respecto de las URLs indicadas.

B) Sin licencia (regularizar)

Asunto: Ref. [nº expediente] – Propuesta de regularización amistosa
Hemos retirado/sustituido la imagen. Rogamos desglose de la cantidad (licencia/gestión/periodo/territorios) y acreditación de representación. Proponemos licencia retroactiva con renuncia a acciones por los mismos usos/URLs.


8) Prevención: cómo no volver a esta casilla

  • Inventario de imágenes activas (web + redes).

  • Etiquetas de origen: propia, comprada, libre, IA (con documentos).

  • Archivo centralizado de facturas, IDs y enlaces de descarga.

  • Auditoría periódica priorizando páginas con más tráfico.

  • Herramientas:

    • Chequeo puntual: Image Copyright Checker (online) → informe gratis con riesgo Alto/Medio/Bajo.

    • Auditoría masiva en WordPress: plugin para analizar en lote, etiquetar origen y guardar licencias en la Biblioteca de Medios.


Cierre

Nuestro caso sirve como ejemplo inicial, pero la hoja de ruta es aplicable a cualquier reclamación de este tipo: verificar, documentar, licenciar o negociar con criterio y cerrar con seguridad jurídica. La prevención (inventario, documentación y herramientas) es la vía más rápida para evitar nuevas cartas.

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